Tu sueño de alquiler turístico

Tu sueño de alquiler turístico
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Tu sueño de alquiler turístico

Alquiler turístico como una fuente para complementar tus ingresos - ventajas y desventajas y qué dice la normativa.

Desde el año 2020 Cataluña cuenta con una nueva normativa de viviendas de uso turístico. A partir este fecha, también se regula el alojamiento compartido con fines turísticos.

El Decreto 75/2020, de 4 de agosto 2020, de turismo de Cataluña, deroga, entre otras normas,  el Decreto 159/2012, de 2012, de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico.

Es importante saber que se distingue vivienda de uso turístico y hogar compartido.

¿Qué hay que saber de vivienda de uso turístico?

- las viviendas no pueden estar ocupadas con más plazas de las indicadas en la cédula de habitabilidad.
-asimismo, la capacidad máxima no puede exceder de 15 plazas con el fin de compatibilizar la actividad de alojamiento turístico con la convivencia vecinal, el derecho al descanso y la prestación de un servicio de calidad.
- se considera estancia de temporada toda ocupación de la vivienda por un periodo de tiempo continuado igual o inferior a 31 días.
- las viviendas de uso turístico se ceden enteras, no se permite la cesión por estancias.

¿Y qué hay de hogar compartido?

- es la vivienda principal y residencia efectiva de la persona titular y que se comparte como servicio de alojamiento con terceras personas a cambio de contraprestación económica y para una estancia de temporada.
- el decreto no regula expresamente el alquiler turístico por habitaciones.
- en su lugar recoge una nueva modalidad de alojamiento turístico: el hogar compartido.  
- no se pueden ceder viviendas que no estén debidamente registradas como hogar compartido.
- la persona titular debe residir en la vivienda mientras dura la estancia.
- la capacidad máxima de plazas para personas usuarias turísticas es de 4 en total.

Además, hay que tener en cuenta que la Ley 5/2020, del 29 de abril 2020, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
También tienes que consultar en el ayuntamiento de tu municipio qué hacer para obtener una licencia de alquiler turístico.

Para saber cómo habilitar la vivienda de uso turístico, puedes consultar la normativa para Cataluña o visitarnos e informarte.

Comercial Comercial: +34 611 43 11 75 Booking Reservas: +34 611 43 11 72
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